jueves, 11 de junio de 2009

EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

Alvaro Yañez Fernández,12 Junio 2009
EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL



En medio de la mayor crisis económica mundial la Presidenta Bachelet anuncia estimular el empleo y el crecimiento, comprometiendo recursos por más US$4 mil millones, cifra equivalente al 2,8% del PIB.

En este contexto se anuncia el Acuerdo Nacional de Fomento al Empleo y la Capacitación, acuerdo firmado por representante de los trabajadores y del empresariado chileno, y ratificado en el Congreso por ambas Cámaras, para la Protección Laboral en un año de crisis.

Entre las 6 medidas que contempla este acuerdo, destaca el programa de incentivo para desestimar o postergar decisiones de desvinculación de trabajadores, generando alternativas para garantizar el empleo y la capacitación.

Este acuerdo, que en términos generales parece ser beneficioso para empresas y trabajadores, tiene implicancias prácticas, que a juicio del Sr. Rodrigo Warner, Psicólogo Laboral, de una importante empresa nacional, terminan por perjudicar a la empresa y consecutivamente a los trabajadores.

Para profundizar en su postura, entre varios puntos, nos explica que por efecto de este acuerdo, los excedentes destinados para capacitación se congelan a partir del 1 de julio de 2009, pudiendo hacer uso de ellos solo si es para implementar algunas de las 6 medidas indicadas en el acuerdo, de lo contrario durante el 1er. Semestre de 2010.

Lo anterior, afirma Warner, obliga a las empresas que contaban con dichos excedentes para capacitar a sus trabajadores, a:
• Suspender su programa para el 2010, o
• Incorporar recursos frescos (aportes 2009), disminuyendo su liquidez mensual.

Warner, no desestima los efectos positivos que este acuerdo pueda tener en la mantención del empleo y en el fortalecimiento de la empleabilidad de los trabajadores, sin embargo, “a la luz de los últimos acontecimientos, las medidas parecen tardías…”

Según las cifras citadas por el Superintendente de Quiebras, Rodrigo Albornoz, ya suman 82 las empresas que registran quiebras en lo que va del año.

MEDIDAS DEL ACUERDO

Instrumento transitorio para la retención laboral y la capacitación de los trabajadores
Las empresas podrán descontar un monto equivalente a 2,5 veces el gasto mensual que hayan realizado en la capacitación de trabajadores con remuneraciones de hasta $380.000. Sólo podrán acceder a este incentivo las empresas que no hayan reducido el número de sus trabajadores contratados respecto a abril de 2009.

Permiso de capacitación
En lugar de despedir a sus trabajadores, los empleadores podrán pactar con los trabajadores un permiso de capacitación por hasta 5 meses, durante los cuales el trabajador recibirá el equivalente al 50% de su remuneración, con cargo al seguro de cesantía y al empleador.

Precontrato de capacitación
Permite capacitar a personas que están en vías de convertirse en trabajadores de una empresa. Se aumentará en un 25% el monto máximo de la franquicia tributaria destinada a este tipo de capacitación.

Potenciar programa de reconversión laboral o en micro o pequeñas empresarias para jefas de hogar (Becas Mype)
Se entregará capacitación gratuita, subsidios de alimentación y movilización. Se abrirán 20.000 nuevos cupos para jefas de hogar.

Apoyo a trabajadores especializados
Mejorar las acreditaciones y certificaciones, convalidando sus competencias y habilidades. Se ampliará la cobertura a más regiones.

Beneficios del Seguro de Cesantía para trabajadores con contratos temporales
La ley asegurará que los trabajadores contratados a plazo fijo y por obra o faena puedan beneficiarse del Fondo de Cesantía Solidario. Para ello, se entenderá que estos trabajadores cumplen con el requisito de reunir 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, durante los 24 meses anteriores al 1º de mayo de 2009.

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